Seguro de Mercancías: No es obligatorio, pero su responsabilidad como transportista sí

by Marisela Presa

De acuerdo con la información publicada por TurboSeguros en su blog sobre Seguros de Camiones, aunque contratar un Seguro de Mercancías no es obligatorio por ley, en la práctica puede ser una condición indispensable para que un transportista ejerza su actividad.

La razón fundamental se encuentra en la Ley 15/2009, del Contrato de Transporte Terrestre de Mercancías, que en su artículo 47 establece que el transportista (o «porteador») es el responsable de la pérdida, avería o retraso de la carga desde que la recibe hasta que la entrega.

Esta responsabilidad legal, que incluye incluso los daños por demora, recae directamente en el camionero, haciendo esencial contar con una protección que cubra estas eventualidades.

La ley, si bien obliga al transportista a responder, también establece unos límites máximos de indemnización a su favor. Como detalla el artículo 57 de la Ley 15/2009, en el transporte nacional la indemnización por pérdida o avería no supera aproximadamente los 6 euros por kilogramo, un cálculo basado en el IPREM. Para el retraso, la indemnización máxima no puede exceder el precio del transporte.

El problema, como señala TurboSeguros, es que estos importes legales rara vez cubren el valor real de mercancías de alto valor, dejando al cliente final desprotegido y, en consecuencia, exigiendo al transportista un seguro que cubra esa brecha.

Precisamente, esta disparidad entre la indemnización legal y el valor real de la carga es una de las razones más poderosas para contratar un Seguro de Mercancías. Muchos cargadores, conscientes de este límite, incluyen en sus contratos la obligación de que el transportista contrate una póliza que cubra el valor completo de la mercancía. Por lo tanto, como explica la fuente, no tener este seguro puede significar directamente la pérdida de clientes y contratos, transformando una cobertura voluntaria en un requisito comercial de facto para ser competitivo y generar confianza.

La contratación de este seguro es flexible y puede ser suscrita por el propio transportista, por el propietario de la mercancía o incluso por un intermediario.

Según TurboSeguros, las pólizas pueden adaptarse a distintas necesidades, desde seguros anuales calculados en base a la facturación de la empresa, hasta pólizas por viaje para un encargo concreto. Además, existen coberturas específicas como el Seguro LOTT/LCTTM para transporte nacional, que cubre la responsabilidad legal de unos 6 euros/kg, o el Seguro CMR para internacionales, que eleva la cobertura a unos 10 euros/kg, siguiendo el convenio internacional.

En conclusión, el Seguro de Mercancías se erige como una póliza «necesaria aunque no obligatoria». La responsabilidad legal que la Ley 15/2009 impone al transportista, unida a las exigencias de los clientes de una protección real por el valor de su carga, lo convierten en un elemento casi imprescindible para cualquier negocio de transporte.

 Como recomienda TurboSeguros, lo más prudente es buscar asesoramiento especializado para contratar una póliza a la medida, que proteja tanto al negocio del transportista de cuantiosas indemnizaciones como la relación con sus clientes.

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